Autorizaciones de obras y actuaciones en Dominio Público Hidráulico y Zona de Policía de cauces
Autorización previa necesaria para realizar una obra o actuación en Dominio Público Hidráulico y en Zona de Policía de cauces (100 m desde el límite del Dominio Público Hidráulico). Las obras y actuaciones más habituales son:
- Construcción y modificaciones estructurales de puentes, vados o pasarelas. Implica la ocupación o modificación del cauce para permitir el paso de personas o vehículos, lo que puede alterar el flujo natural del agua y modificar las condiciones de inundabilidad del entorno.
- Instalación de escolleras, defensas o encauzamientos. Obras destinadas a proteger las márgenes del cauce frente a la erosión o a modificar su trazado para controlar avenidas o mejorar la capacidad hidráulica.
- Ejecución, sustitución y reparación de urbanizaciones, edificaciones, construcciones e instalaciones. Implican la ocupación de parte de la zona de policía de cauces, lo que puede alterar el relieve natural del terreno, modificar las condiciones de inundabilidad del entorno y alterar la capacidad de desagüe.
- Cambios de uso de las edificaciones y construcciones. Actuaciones que pueden suponer un aumento de la vulnerabilidad de las personas y los bienes en caso de situarse en zona inundable.
- Cruces de tuberías, líneas eléctricas u otras infraestructuras lineales. Instalaciones que cruzan el cauce, tanto de forma aérea como subterránea, y/o que atraviesan la zona de policía de cauces y que pueden interferir en el régimen hidráulico.
- Obras de relleno. Implican la modificación del relieve natural de la zona de policía de cauces y pueden alterar las condiciones de inundabilidad del entorno.
- Corta y plantación de arbolado. Actuaciones sobre la vegetación, incluyendo los desbroces selectivos y los aprovechamientos forestales, que pueden afectar a la estabilidad de las márgenes, la biodiversidad o la capacidad de desagüe en caso de avenidas.
- Extracción de áridos. Retirada de materiales (gravas, arenas) del lecho del río o de sus márgenes que puede alterar la morfología del entorno y el equilibrio sedimentario.
- Acampadas colectivas en zona de policía de cauces. Actividad que implica la instalación de elementos para pernoctar y auxiliares, ocupando de manera temporal la zona de policía de cauces y que deben situarse fuera de zona inundable para evitar daños a las personas y a los bienes en caso de avenidas.
- Cualquier otra obra o actuación que pueda modificar el estado natural del cauce y/o de la zona de policía de cauces. En especial las actuaciones que puedan suponer un obstáculo para la corriente o que puedan ser causa de degradación del ecosistema acuático.
La persona interesada debe presentar una solicitud con la documentación técnica correspondiente. La Agencia Vasca del Agua evaluará si la actuación es compatible con la protección del Dominio Público Hidráulico y con el régimen de caudales del cauce.
Una vez autorizada, se podrá ejecutar la obra o actuación conforme a las condiciones establecidas. En caso contrario, la actuación no podrá llevarse a cabo.
Antes de realizar esta solicitud, por si se trataran de actuaciones sujetas a tramitación mediante Declaración Responsable de actuaciones menores de conservación, se deberá consultar el apartado dedicado a este procedimiento.
Plazo máximo de resolución: 6 meses desde la solicitud.
¿Quién puede tramitarlo?
Cualquier persona interesada mediante identificación electrónica. Los siguientes grupos deben hacerlo obligatoriamente(1):
- Empresas y asociaciones.
- Entidades sin personalidad jurídica (como sociedades civiles, comunidades de personas propietarias, etc.).
- Personas profesionales colegiadas (en trámites relacionados con su actividad).
- Personal empleado público (cuando actúe en el ejercicio de sus funciones).
- Personas empresarias individuales o autónomas, para los trámites y actuaciones que realicen en el ejercicio de su actividad profesional.
- Personas representantes de cualquiera de los colectivos anteriores.
¿Cómo?
En caso de que la actuación a realizar no se corresponda con los cincos primeros supuestos (líneas eléctricas, extración de áridos, corta y plantación de arbolado y acampada colectiva), atiende a la hoja informativa general corrrespondiente en función de la ubicación de la actuación.
- Lee la hoja informativa de la actuación a realizar.
- Hoja informativa de autorización de cruces de líneas eléctricas en Dominio Público Hidráulico (PDF)
- Hoja informativa de autorización de extracción de áridos en Dominio Público Hidráulico.
- Hoja informativa de extracción de áridos en Zona de Policía de cauces.
- Hoja informativa de obras para la corta y plantación de arbolado en Dominio Público Hidráulico y Zona de Policía de cauces.
- Hoja informativa de acampada colectiva en Zona de Policía de cauces.
- Hoja informativa de autorización de obras o actuaciones en Dominio Público Hidráulico
- Hoja informativa de obras y actuaciones en Zona de Policía de cauces
- Prepara la documentación (máx. 10MB por archivo). Si tienes dudas, puedes consultar todos los detalles en la hoja informativa correspondiente.
Cuando la actuación se localice en zona inundable, deberá presentarse obligatoriamente el Modelo de Declaración Responsable por Riesgo de Inundación.
- Accede a la sede electrónica y sigue estos pasos:
- Identifícate con tu medio electrónico.
- Rellena el formulario.
- Adjunta los documentos.
- Firma y envía.
Podrás consultar el estado del expediente y gestionar los siguientes pasos de la tramitación a través de Mi carpeta.
¿Dónde?
A través de este enlace directamente: Solicitud de Autorización de obras y actuaciones en Dominio Público Hidráulico y Zona de Policía (1020701) - Solicitud - Sede electrónica del Gobierno Vasco.
¿Quién puede tramitarlo?
Solamente las personas físicas o sus representantes, siempre y cuando no estén obligados a realizarlo electrónicamente. No obstante, podrán hacerlo también por medios electrónicos pudiendo cambiar la forma de comunicación a lo largo de la tramitación de la solicitud.
¿Cómo?
En caso de que la actuación a realizar no se corresponda con los cinco primeros supuestos (líneas eléctricas, extracción de áridos, corta y plantación de arbolado y acampada colectiva), deberá utilizarse el modelo de solicitud general correspondiente en función de la ubicación de la actuación.
Asimismo, si la actuación afecta tanto al Dominio Público Hidráulico como a la Zona de Policía, se deberá emplear el formulario correspondiente al Dominio Público Hidráulico.
- Lee la hoja informativa de la actuación a realizar.
- Hoja informativa de autorización de cruces de líneas eléctricas en Dominio Público Hidráulico (PDF)
- Hoja informativa de autorización de extracción de áridos en Dominio Público Hidráulico.
- Hoja informativa de extracción de áridos en Zona de Policía de cauces.
- Hoja informativa de obras para la corta y plantación de arbolado en Dominio Público Hidráulico y Zona de Policía de cauces.
- Hoja informativa de acampada colectiva en Zona de Policía de cauces.
- Hoja informativa de autorización de obras o actuaciones en Dominio Público Hidráulico
- Hoja informativa de obras y actuaciones en Zona de Policía de cauces
- Completa y firma el modelo de solicitud.
- Solicitud de autorización de cruces de líneas eléctricas en Dominio Público Hidráulico (PDF)
- Solicitud de autorización de extracción de áridos en Dominio Público Hidráulico.
- Solicitud de extracción de áridos en Zona de Policía de cauces.
- Solicitud de obras para la corta y plantación de arbolado en Dominio Público Hidráulico y Zona de Policía de cauces. (PDF, 297 KB)
- Solicitud de acampada colectiva en Zona de Policía de cauces.
- Solicitud de autorización de obras o actuaciones en Dominio Público Hidráulico
- Solicitud de obras y actuaciones en Zona de Policía de cauces
Cuando la actuación se localice en zona inundable, deberá presentarse obligatoriamente el Modelo de Declaración Responsable por Riesgo de Inundación
- Prepara la documentación. Si tienes dudas, puedes consultar todos los detalles en la hoja informativa correspondiente.
- Registra la solicitud en cualquiera de los siguientes puntos.
¿Dónde?
- En las oficinas de asistencia en materia de registros del Gobierno Vasco.
- Mediante cualquiera de las formas adicionales previstas en la ley 39/2015 (2).
- ¿Qué actividades puedo hacer sin Autorización en Dominio Público Hidráulico y en sus Zonas de Protección?
Los usos comunes de las aguas superficiales (beber, bañarse y otros usos domésticos, así como abrevar el ganado), pero deben llevarse a cabo de forma que no se produzca una alteración de la calidad y caudal de las aguas. - ¿Cuándo necesito obtener una Autorización de obras y actuaciones en Dominio Público Hidráulico y Zona de Policía de cauces?
Cualquier obra o actuación que se realice en el Dominio Público Hidráulico (cauce de un río) o en sus Zonas de Protección (Servidumbre y Policía) o que suponga la utilización de sus bienes requiere Autorización administrativa previa, como, por ejemplo:- Construcción de puentes, pasarelas o vados.
- Ejecución de urbanizaciones, edificaciones, construcciones e instalaciones de elementos temporales o permanentes.
- Cruces de tuberías, líneas eléctricas u otras infraestructuras lineales.
- Extracción de áridos.
- Cortas y plantaciones.
- Alteración sustancialmente el relieve natural del terreno.
Antes de realizar una solicitud de Autorización, por si se tratara de actuaciones sujetas a tramitación mediante Declaración Responsable de actuaciones menores de conservación, se deberá consultar el apartado dedicado a este procedimiento.
- ¿Qué actividades puedo hacer sin Autorización en Dominio Público Hidráulico y en sus Zonas de Protección?
Los usos comunes de las aguas superficiales (beber, bañarse y otros usos domésticos, así como abrevar el ganado), pero deben llevarse a cabo de forma que no se produzca una alteración de la calidad y caudal de las aguas.- Respetar las condiciones de la Autorización. La resolución indica quién es la persona o entidad, qué se autoriza exactamente, en qué condiciones y durante cuánto tiempo.
- Si la Autorización lleva asociado un canon de ocupación, pagarlo con la periodicidad establecida.
- Notificar cualquier cambio sobre lo autorizado. Si necesitas modificar las características de la actuación ya autorizada debes notificarlo a esta Agencia y en su caso solicitar una modificación de la Autorización. Si no puedes ejecutar la actuación en el plazo previsto, debes pedir una prórroga justificando los motivos.
- Me han comunicado que acumulan varias de mis expedientes, ¿qué significa eso?
Significa que tus solicitudes se gestionarán de forma conjunta en un único expediente.
Esta acumulación se realiza cuando los procedimientos presentan una identidad sustancial o están íntimamente relacionados, y permite una tramitación más eficiente por parte del órgano competente. - He recibido una comunicación de Trámite de Audiencia, ¿debo hacer algo?
Examina la documentación (por ejemplo, informe técnico) que se te ha remitido.
Si lo consideras conveniente, puedes presentar un escrito de alegaciones dentro del plazo indicado. Valoraremos la información remitida pudiendo variar o no la tramitación habitual del expediente.
En caso de que no presentes alegaciones en el plazo fijado, continuará la tramitación habitual del expediente hasta su resolución.
El trámite de audiencia supone la garantía de tu participación y defensa como persona interesada en el expediente. - ¿Cómo puedo saber si mi actuación se localiza en una zona inundable?
Para comprobar si tu finca o edificación se encuentra en zona inundable puedes consultar el visor de la Agencia Vasca del Agua y seguir estos pasos:- Si conoces las coordenadas de tu finca o inmueble introdúcelas mediante la herramienta “Buscar coordenadas”. Si no las conoces, puedes localizar la población más cercana mediante la barra de búsqueda y utilizar el "zoom" para localizar la zona que te interesa.
- Clica en el botón “lista de capas” y sigue esta ruta: Aguas-URA> Peligrosidad de inundación >Inundabilidad de la CAPV periodo de retorno de 10/100/500 años. Activa esta última capa para obtener la información.
Aunque una finca o edificación, situado en las inmediaciones de un cauce, no esté dentro de una mancha de inundación en el Visor, NO significa necesariamente, que se encuentre fuera de una zona inundable, porque para algunos cauces no existe cartografía oficial de inundabilidad.
En estos casos, si la actuación se localiza en Dominio Público Hidráulico se considera que está en zona inundable y si la ubicación es otra, la persona interesada en realizar la actuación
- Quiero hacer una solicitud de obras y actuaciones, ¿cuándo necesito un estudio hidráulico?
Con carácter general, si las obras y actuaciones, especialmente construcciones y edificaciones permanentes, que propones modifican las condiciones de inundabillidad del entorno es necesario presentar un estudio hidráulico siempre a petición de la administración tramitadora.
Este estudio modeliza y predice el comportamiento del cauce tras realizar las actuaciones pretendidas para saber cómo pueden afectar a personas y bienes y a la dinámica del cauce. - ¿Por qué debe constar en el Registro de la Propiedad anotación registral sobre la inundabilidad de una construcción?
Cuando se realiza una nueva construcción de edificaciones y viviendas en Zona de Policía de cauces, para obtener la Autorización de la Administración Hidráulica la normativa establece que antes del inicio de las obras el promotor debe disponer del certificado del Registro de la Propiedad donde conste la anotación que informa sobre la inundabilidad de la construcción.
El objetivo es garantizar el conocimiento y la correcta transmisión de la información sobre la condición de inundabilidad a las futura personas usuarias de estas construcciones. - ¿Cuándo tengo que presentar la Declaración Responsable por riesgo de inundación ?
Para realizar cualquier tipo de actuación en la zona inundable, incluyendo la Zona de Flujo Preferente (en adelante, ZFP).
Al rellenar el modelo de Declaración Responsable se deberá especificar, si se conoce, la condición de inundabilidad (zona inundable o ZFP) de la zona donde va a realizarse la actuación:- Si las actuaciones se localizan en el propio cauce (Dominio Público Hidráulico) se indicará que están en ZFP.
- Si existe cartografía oficial de inundabilidad del entorno se indicará lo que figura en la misma. Si no existe se indicará zona inundable.
Este documento deberá formar parte del expediente de Autorización de obras y actuaciones antes de que éste se resuelva. Así, esta Declaración Responsable debidamente cumplimentada y firmada acompañará a la propia solicitud. De no ser así, se le solicitará durante la tramitación del expediente.
- ¿Cuál es el objetivo de la Declaración Responsable por Riesgo de Inundación?
El objeto es que la persona o entidad promotora de una actuación en zona inundable sea consciente del riesgo al que está sometida su actividad y se comprometa a formarse y a tener en consideración las medidas de protección civil aplicables al caso, así como a trasladar esta información a las posibles personas afectadas, con independencia de las medidas complementarias que estime oportuno adoptar para su protección. Es decir, la persona o entidad promotora certifica que va a trabajar en la adopción de medidas de autoprotección y que va a transmitir a las personas interesadas las acciones que sean necesarias para minimizar los riesgos a los que estará sometida esta actividad. - Tengo una Autorización, pero finalmente no voy a realizar la obra o actuación, ¿qué tengo que presentar?
Si eres la persona o entidad titular deberás presentar un escrito en la Agencia Vasca del Agua manifestando expresamente tu renuncia, antes de iniciar cualquier actuación.
En caso de tramitación electrónica, este escrito deberás presentarlo en el propio expediente de Autorización (AO, Z, etc.) de la forma descrita en el aportado “Añadir nueva documentación a un expediente ya iniciado”. - El expediente todavía está en tramitación, pero no voy a realizar la actuación, ¿qué tengo que hacer?
Tienes que presentar un escrito de desistimiento.
En caso de tramitación electrónica, este escrito deberás presentarlo en el propio expediente de Autorización (AO, Z, etc.) de la forma descrita en el aportado “Añadir nueva documentación a un expediente ya iniciado”. - Me han comunicado la apertura de un expediente de Seguimiento, ¿qué es este tipo expediente?
Son expedientes abiertos de oficio por la Agencia Vasca del Agua para comprobar que las obras y actuaciones se ejecutan conforme a lo indicado en la Autorización o en la Declaración Responsable.
En el caso de las autorizaciones, las solicitudes de prórroga también se tramitan y resuelven en los expedientes de seguimiento. - No he podido llevar a cabo la obra o actuación en el plazo marcado por la resolución, ¿puedo pedir una prórroga?
Sí, siempre que el plazo dado en la resolución no sea el máximo establecido en la legislación para este tipo de autorizaciones.
Para ello, deberás realizar la solicitud de prórroga antes de la finalización de la vigencia de la Autorización, justificando el motivo para no haber podido acabar en plazo.
En caso de tramitación electrónica, esta solicitud deberás hacerla a través del expediente de seguimiento de la Autorización (SAO, SAZ, etc.) de la forma descrita en el apartado “Añadir nueva documentación a un expediente ya iniciado”. - ¿Qué es el canon de ocupación del Dominio Público Hidráulico?
Es una tasa que se paga por la ocupación de bienes del Dominio Público Hidráulico, como, por ejemplo: puentes, coberturas, voladizos, cruces aéreos o subterráneos con el cauce, etc. Este canon se establece en la Autorización de obras y actuaciones necesaria para realizar la actuación.
Para más información consultar las preguntas relacionadas con el Canon de ocupación del Dominio Público Hidráulico de las preguntas generales.
Organismos:
- En las cuencas intracomunitarias de la CAPV:
Las cuencas intracomunitarias son aquellas que discurren únicamente por el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco: Asúa, Barbadún, Butrón, Estepona, Galindo, Gobelas, Oca, Lea, Artibai, Deva, Oyarzun y Urola.
En éstas la Agencia Vasca de Agua es competente, por lo que deberás realizar tu solicitud en esta Agencia que tramitará y resolverá tu expediente.
- En las cuencas intercomunitarias de la CAPV:
Las cuencas intercomunitarias son aquellas que atraviesan más de una comunidad autónoma (incluyendo la CAPV): el eje principal del Bidasoa, Urumea, Oria, Nervión, Ibaizábal, Cadagua, Agüera, Carranza, Omecillo, Bayas, Zadorra, Inglares, Araia, Ega y Rioja.
En éstas las Confederaciones Hidrográficas del Ebro y del Cantábrico son competentes, por lo que deberás realizar tu solicitud en la Agencia Vasca del Agua que tramitará tu expediente, pero lo resolverá la Confederación Hidrográfica del Ebro o del Cantábrico, según el caso.
Normativa reguladora:
- (1)Artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- (2)Artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Real Decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. Texto consolidado
- Ley 1/2006, de 23 de junio, de Aguas
- Reglamento del Dominio Público Hidráulico (Real Decreto 849/1986, de 11 de abril). Texto consolidado
- Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.
- Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril; el Reglamento de la Administración Pública del Agua, aprobado por Real Decreto 927/1988, de 29 de julio; y el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
Código: 1020701
Fecha de última modificación:



