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    Declaración responsable para Obras de Reparación, Mejora, Consolidación y Modernización en Construcciones o Instalaciones existentes en la Zona de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo-Terrestre

    Documento suscrito por la persona declarante en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la legislación de costas, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las obligaciones durante el periodo de tiempo señalado en la declaración.   

    Es necesario registra una declaración responsable para realizar obras de reparación, mejora, consolidación y modernización en construcciones o instalaciones existentes, construidas legal o debidamente legalizadas en la Zona de Servidumbre de Protección Marítimo-Terrestre (1).  

    Se deberá atender a los condicionantes enumerados en la propia declaración para asegurarse de que la actuación a realizar cumple con éstos.    

    Para los supuestos no recogidos en la propia declaración o si no se pueden cumplir los condicionantes, se deberá solicitar una Autorización de Obra y actuaciones.  

    Presentar la declaración responsable habilita a la persona declarante para realizar las actuaciones declaradas en el plazo establecido, siempre que cumplas los requisitos establecidos por la normativa de costas y la administrativa de aplicación.  

    Sin embargo, si la actuación no cumple con estos requisitos se te notificará la imposibilidad de llevarla a cabo. En este sentido, te recomendamos registrar esta declaración responsable con un periodo mínimo de antelación de 1 mes antes de iniciar la actuación para que podamos valorarla. 

      ¿Quién puede tramitarlo?  

      Cualquier persona interesada mediante identificación electrónica. Los siguientes grupos deben hacerlo obligatoriamente(1):  

      • Empresas y asociaciones 
      • Entidades sin personalidad jurídica (sociedades civiles, comunidades de propietarios…)., etc.). 
      • Profesionales colegiados (en trámites relacionados con su actividad.). 
      • Empleados/as públicos (cuando actúen en su función). 
      • Representantes de cualquiera de los anteriores. 

      ¿Cómo?  

      1. Lee la hoja informativa (abre en nueva ventana)    
      2. Completa y firma la declaración responsable.  
      3. Prepara la documentación correspondiente. Si tienes dudas, puedes consultar todos los detalles en la hoja informativa (abre en nueva ventana).   
      4. Accede a la sede electrónica y sigue estos pasos:  
        • Identifícate con tu medio electrónico.  
        • Rellena el formulario.  
        • Adjunta los documentos.  
        • Firma y envía.  

      Podrás consultar el estado del expediente y gestionar los siguientes pasos de la tramitación a través de Mi carpeta.  

      ¿Dónde? 

      A través de este enlace directamente: Declaración responsable para la realización de obras de reparación, mejora, consolidación y modernización en construcciones o instalaciones existentes en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre. (1021801) - Solicitud - Sede electrónica del Gobierno Vasco. (abre en nueva ventana)

      ¿Quién puede tramitarlo? 

      Solamente las personas físicas o sus representantes, siempre y cuando no estén obligados a realizarlo electrónicamente. No obstante, podrán hacerlo también por medios electrónicos pudiendo cambiar la forma de comunicación a lo largo de la tramitación de la solicitud.   

      ¿Cómo?  

      1. Lee la hoja informativa (abre en nueva ventana)  
      2. Completa y firma la declaración responsable. 
      3. Prepara la documentación correspondiente. Si tienes dudas, puedes consultar todos los detalles en la hoja informativa.   
      4. Registra la declaración responsable en cualquiera de los siguientes puntos.  

      ¿Dónde?  

      • ¿Qué diferencia hay entre una Declaración Responsable y una Autorización? 

        La Declaración Responsable es un documento suscrito por la persona declarante en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las obligaciones durante el periodo de tiempo señalado en la propia Declaración. Gracias a este documento la persona declarante obtiene el reconocimiento de un derecho o facultad para su ejercicio.  

        La Autorización administrativa en materia de aguas, es un acto administrativo por el que el organismo competente (Agencia Vasca del Agua o Confederación Hidrográfica) faculta a la persona o entidad titular de la Autorización para realizar un uso, aprovechamiento o actuación específica del Dominio Público Hidráulico o de sus Zonas de Protección (Servidumbre y Policía) o en Zona de Servidumbre de Protección Marítimo-Terrestre. En el caso de la Autorización al implicar un control más riguroso y una revisión detallada del cumplimiento de los requisitos legales, debe recogerse en una resolución que identifique a la persona o entidad titular, establezca las características de la actuación que se autoriza y/o las condiciones que deben cumplirse entre los cuales estaría el periodo de validez.  

      • ¿Para qué tipo de actuaciones puedo presentar una Declaración Responsable en la Zona de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo-Terrestre? 

        Para realizar obras de reparación, mejora, consolidación y modernización en construcciones o instalaciones existentes, construidas legalmente o debidamente legalizadas en la Zona de Servidumbre de Protección Marítimo-Terrestre.  

      • ¿Cómo debo realizar la obra o actuación declarada en la Declaración Responsable en la Zona de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo-Terrestre? 

        Debes cumplir los siguientes condicionantes:  

        • Las obras no pueden suponer cambio de uso prohibido (de cualquier otro uso a uso residencial o habitacional). 
        • El incremento de valor que las obras comporten no podrá ser tenido en cuenta a efectos expropiatorios. 
        • Las obras no pueden implicar aumento de volumen, altura ni superficie de las construcciones existentes. 
        • Las obras no pueden implicar demolición total o parcial. 
        • En caso de que les sea de aplicación, las obras deberán suponer una mejora en la eficiencia energética.  
        • En caso de que les sea de aplicación, las obras deberán emplear los mecanismos, sistemas, instalaciones y equipamientos individuales y/o colectivos que supongan un ahorro efectivo en el consumo de agua.  

        Estos condicionantes, así como el resto de los aspectos los que se compromete la persona declarante están en la propia Declaración Responsable. 

      • ¿Si no presento la Declaración Responsable en la Zona de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo-Terrestre el ayuntamiento autorizará mi obra? 

        No, el ayuntamiento no puede autorizar estas obras si no has acreditado haber presentado en esta Agencia, como persona o entidad titular de las construcciones e instalaciones, esta Declaración Responsable.  

      • ¿Con qué plazo de antelación debo presentar mi Declaración Responsable para la realización de Obras de Reparación, Mejora, Consolidación y Modernización en Construcciones o Instalaciones existentes en la ZSPMT?  

        Presentar la Declaración Responsable te habilita (a la persona declarante) para realizar las actuaciones declaradas en el plazo establecido, siempre que cumplas los requisitos establecidos por la normativa de costas y la administrativa de aplicación.  

        Sin embargo, si la actuación no cumple con estos requisitos se te notificará la imposibilidad de llevarla a cabo. En este sentido, te recomendamos registrar esta Declaración Responsable con un periodo mínimo de antelación de 1 mes antes de iniciar la actuación para que podamos valorarla.  

      • ¿Qué plazo validez tiene mi Declaración Responsable para la realización de Obras de Reparación, Mejora, Consolidación y Modernización en Construcciones o Instalaciones existentes en la ZSPMT? ¿Puedo presentar una prórroga?  

        Las actuaciones las tendrás que ejecutar en el plazo máximo de un año desde que registres esta Declaración Responsable.  

        No es posible solicitar una prórroga. Si no se puede ejecutar la actuación en el plazo indicado se debe presentar una nueva Declaración. 

      • ¿Qué son la Zona de Servidumbre de protección del Dominio Público Marítimo-Terrestre (ZSPMT) y la Zona de Servidumbre de Tránsito? 

        El Dominio Público Marítimo- Terrestre (en adelante, DPMT) cuenta con dos franjas de protección:  

        • Zona de Servidumbre de Tránsito: Franja de 6 metros, medidos tierra adentro a partir del límite interior de la ribera del mar. Esta zona deberá dejarse permanentemente expedita para el paso público peatonal y para los vehículos de vigilancia y salvamento, salvo en espacios sujetos a cualquier régimen de protección.  
        • Zona de Servidumbre de Protección: Franja de 100 metros medida desde tierra adentro desde el límite interior de la ribera del mar. Esta servidumbre, en los terrenos ya clasificados a la entra en vigor de la Ley de Costas como suelo urbano, pasa a ser de manera general de 20 metros. 

        Esquema que define el Dominio Público Marítimo-terrestre y su Zona de Servidumbre de Protección  

        El deslinde del Dominio Público Marítimo-Terrestre y su Zona de Servidumbre de Protección, puede consultarse en él visor de la Agencia Vasca del Agua. Para ver la capa correspondiente ir a la lista de capas y abrir el apartado de capas de otras fuentes seleccionar IDEE. Estatales y después Límites y dos veces Dominio Público Marítimo Terrestre (PNG, 35 KB). 

      • ¿Qué actividades puedo hacer sin Autorización en Zona de Servidumbre de Protección Marítimo-Terrestre?  

        • Cultivos y plantaciones, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 27 de la Ley 22/1988, de 28 de julio.  
        • En los primeros 20 metros de esta zona se podrán depositar temporalmente objetos o materiales arrojados por el mar y realizar operaciones de salvamento marítimo. 

      Preguntas Frecuentes sobre Autorizaciones de Obras

      Organismos:  

      Organismo que gestiona y resuelve: Agencia Vasca del Agua.  

      Normativa reguladora: 

      Código: Declaración responsable para Obras de Reparación, Mejora, Consolidación y Modernización en Construcciones o Instalaciones existentes en la Zona de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo-Terrestre: 1021801 

      Fecha de última modificación:

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