Ir al contenido

    Denuncia sobre Aprovechamientos

    Cualquier persona física o jurídica puede presentar una denuncia ante la Agencia Vasca del Agua para dar a conocer alguna situación o actuación que considerara ilegal o anómala en materia de aguas respecto a captaciones de agua o incumplimientos en el caudal ecológico de las masas de agua ocasionados por detracciones o extracciones. 

    Se pueden denunciar, entre otros: 

    • Captaciones sin autorización o concesión, tanto de aguas superficiales como subterráneas. 
    • Captaciones de caudales de agua por encima de los caudales otorgados. 
    • Mala gestión de las infraestructuras asociadas a las captaciones de agua: azudes, escalas para peces, etc. 
    • Incumplimiento del caudal ecológico en el punto de la captación ocasionado por la misma.  

    ¿Quién puede tramitarlo? 

    Cualquier persona interesada mediante identificación electrónica. Los siguientes grupos deben hacerlo obligatoriamente(1):  

    • Empresas y asociaciones
    • Entidades sin personalidad jurídica (como sociedades civiles, comunidades de personas propietarias, etc.). 
    • Personas profesionales colegiadas (en trámites relacionados con su actividad). 
    • Personal empleado público (cuando actúe en el ejercicio de sus funciones). 
    • Personas empresarias individuales o autónomas, para los trámites y actuaciones que realicen en el ejercicio de su actividad profesional. 
    • Personas representantes de cualquiera de los colectivos anteriores

    ¿Cómo?  

    1. Prepara los documentos complementarios (máx. 100MB por archivo). 
    2. Accede a la sede electrónica y sigue estos pasos:  
      • Identifícate con tu medio electrónico.  
      • Rellena el formulario.  
      • Adjunta los documentos.  
      • Firma y envía.  

    Podrás consultar el estado del expediente y gestionar los siguientes pasos de la tramitación a través de Mi carpeta.  

    ¿Dónde? 

    A través de este enlace directamente: Denuncias de aprovechamientos (1022204) - Solicitud - Sede electrónica del Gobierno Vasco. 

    ¿Quién puede tramitarlo? 

    Solamente las personas físicas o sus representantes, siempre y cuando no estén obligados a realizarlo electrónicamente. No obstante, podrán hacerlo también por medios electrónicos pudiendo cambiar la forma de comunicación a lo largo de la tramitación de la solicitud.   

    ¿Cómo?  

    1. Completa y firma el modelo de solicitud.  
    2. Prepara la documentación correspondiente. 
    3. Registra la solicitud en cualquiera de los siguientes puntos.  

    ¿Dónde?  

    1. En cualquiera de las tres oficinas de la Agencia Vasca del Agua, de lunes a viernes, de 8:30 a 14:00.  
    2. En las oficinas de asistencia en materia de registro del Gobierno Vasco. 
    3. A través de Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía. 
    4. Mediante cualquiera de las formas adicionales previstas en la ley 39/2015 (2).  

    Organismos: 

    URA es competente en las cuencas intracomunitarias, las cuencas que discurren únicamente en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco: Asua, Barbadun, Butron, Estepona, Galindo, Gobelas, Oka, Lea, Artibai, Deba, Oiartzun y Urola. 

    Las Confederaciones hidrográficas del Ebro y del Cantábrico son competentes en las cuencas intercomunitarias: eje principal del Bidasoa, Urumea, Oria, Nervión, Ibaizabal, Cadagua, Agüera, Karrantza, Omecillo, Baias, Zadorra, Inglares, Araia, Ega y Errioxa. 

    Normativa reguladora: 

     

    Código: 1022204